La ley Nº 27883 del 01 de Enero del 2003 y el D.S. Nº 154-2003-EF del 22 de octubre de 2003 indican que debes contar con un minimo de 60 aportes con posterioridad a la salida del pais (o sea 5 años aportando en el extranjero) para poder realizar la transferencia de tus aportes de peru al extranjero y eso se debe cumplir en todas las AFPs , es un requisito que hasta ahora no se ha modificado.
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